El servicio de Solidaridad fue habilitado con el afán de prestar asistencia económica a los socios que enfrentan situaciones especiales en su vida, constituyendo momentáneas ayudas y no soluciones globales. Fomenta el espíritu cooperativo de solidaridad, basado en el esfuerzo propio y la ayuda mutua. Es autosustentable y está conformado por las cuotas anuales de contribución obligatoria para todos los socios/as.
Podrán acceder a los beneficios y subsidios establecidos en este reglamento aquellos socios que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Estar al día con todas las obligaciones económicas con la Cooperativa en el momento de presentar la solicitud.
b. Estar al día con la cuota de Solidaridad en el momento de la ocurrencia del hecho. Deberá tener abonado hasta el mes cerrado anterior a la ocurrencia.
c. Tener una antigüedad mínima de 12 (doce) meses como socio de la Cooperativa para acceder a los beneficios de subsidios o premios establecidos en el presente reglamento.
d. Para el caso de subsidio por fallecimiento del socio/a la antigüedad mínima requerida será de 12 meses, siempre y cuando al asociarse sean menores de 60 años.
e. Las personas que se asocian a partir de los 60 años tendrán cobertura del subsidio por fallecimiento de socio/a a partir de una antigüedad mínima de 36 meses como socio.
Solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 90 días a partir del día siguiente de haber ocurrido el hecho.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Certificado de nacimiento expedido por el Registro de Estado Civil de las personas o Certificado legalizado si el nacimiento se produjese en el extranjero.
Observación: se podrán recibir documentaciones tramitadas extraídas desde la página: Portal Único de Gobierno (www.paraguay.gov.py)
Para los casos de adopción plena, adjuntar sentencia judicial.
Se establece un beneficio para el socio/a que contrae matrimonio válido.
Solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 90 días a partir del día siguiente de haber ocurrido el hecho.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Certificado de matrimonio otorgado por el Registro de Estado Civil de las Personas o Libreta de Familia Civil o Religioso.
Observación: se podrán recibir documentaciones tramitadas, extraídas desde la página: Portal Único de Gobierno (www.paraguay.gov.py)
Si el matrimonio ha sido celebrado en un país extranjero el certificado de matrimonio deberá estar legalizado.
Presentación de la solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 24 meses posteriores a la culminación de la carrera.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante
Copia del título que acredite la carrera cursada (técnico, universitario, postgrado) reconocida por el MEC. (Fecha de Validación del título)
En el caso del Título Universitario, deberá estar expedido por el Rectorado de la Universidad respectiva (Fecha de Validación del título)
El certificado del Postgrado deberá estar reconocido por el MEC y la duración mínima de la carrera deberá ser de 2 años.
Para los casos de Tecnicatura se tendrán en cuenta la fecha de expedición del Certificado que acredite la misma.
La duración de las carreras Técnicas deberán ser mínimo de 2 (dos) años, ya sea en una universidad local o extranjera, en este último caso el titulo respectivo deberá contar con la revalidación del Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción.
Observación: Para el pago del beneficio, se tendrá en cuenta la fecha de egreso de la carrera (fecha de expedición del certificado/ título). No así, la fecha de la validación o reconocimiento.
Documentos como sello QR se consultará en la página para acreditar la validez del mismo.
El monto a ser abonado por la Cooperativa a la empresa especializada estará establecido en el convenio y/o contrato firmado por ambas partes.
Para acceder a este beneficio, el familiar del socio fallecido o responsable de este deberá comunicar el fallecimiento y firmar la solicitud de subsidio.
Documentaciones y requisitos necesarios:
Observación:
Monto del beneficio o subsidio: según se establece en tarifario aprobado por Conad.
Presentar solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 90 días a partir del día siguiente de haber ocurrido el hecho.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Certificado de Defunción original otorgado por el Registro de Estado Civil de las personas.
Fotocopia de Cédula de identidad policial del fallecido.
Certificado de nacimiento del hijo fallecido.
En caso de hijo nacido muerto deberá presentarse la constancia expedida por el Ministerio de Salud.
Acta de defunción expedida por el MSP y BS.
En caso de fallecimiento de hijo con discapacidad física o mental, se deberá presentar historial médico.
Observación:
No se concederá el subsidio cuando la muerte es causada por revoluciones, motines, guerras, desastres naturales, epidemias o pandemias.
Presentar solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 90 días a partir del día siguiente de haber ocurrido el hecho.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Certificado o constancia de internación del Sanatorio u Hospital, el cual que deberá contener los siguientes datos:
Fecha de expedición.
Logo del Sanatorio u Hospital.
Datos del paciente (socio de la cooperativa)
Días y fechas de la internación.
Diagnóstico.
Firma, n° de registro y sello del médico tratante.
Observación:
Se considerará certificado o constancia que no mencionen diagnóstico médico, pero que mencione que la persona fue internada en ese establecimiento médico.
Se considerará certificado o constancia con firma y sello por parte del área administrativa (admisión) del establecimiento médico.
Podrán ser recibidos los certificados o constancias expedidos por el Instituto de Previsión Social (IPS) sin la firma y sello del médico tratante, ya que el documento es cargado directamente en la web y extraído por el beneficiario.
Se establece un subsidio único anual por reposo domiciliario al socio a consecuencia de accidentes o cirugías, por un periodo no mayor a 5 días de reposo.
Se exceptúan los casos de reposo causados por: dengue, influenza, dolores de cabeza, gripe, cefaleas, migrañas, pestes: Vómitos y diarreas. HTA (Hipertensión Arterial), Hipotensión, Extracción de uñas encarnadas, drenaje de absceso, sutura de heridas, extracciones dentarias, partos (normal o cesárea), pandemia
Presentar la solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 45 días a partir del día siguiente de haber ocurrido el hecho (fecha de la emisión del reposo).
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Certificado y/o constancia médica con sello, membrete de un centro médico: Sanatorio Privado, Estatal, IPS, se exceptúan consultorio médico privado y/o profesional médico privado (recetarios).
Podrán ser recibidos certificados expedidos por IPS desde la web
El certificado médico deberá establecer el motivo del reposo además del plazo (cuantos días) de reposo.
Solicitud de beneficios y subsidios dentro de los 90 días a partir del día siguiente de la fecha de la factura de compra del lente.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Prescripción médica (recetario) a nombre del solicitante.
Factura legal por la compra del lente de receta a nombre del solicitante.
Se establece un beneficio al hijo de socio/a egresado con título de bachiller humanístico, comercial o técnico de 18 años de edad.
Presentar la solicitud de beneficios y subsidios dentro de los veinticuatro (24) meses posteriores al egreso. En caso de que el padre y la madre sean socios, se deberá presentar ambas solicitudes.
Fotocopia de cédula de identidad vigente del solicitante.
Presentar copia de título de bachiller, libreta de calificaciones o certificado de estudios.
Solicitud de admisión como socio de la cooperativa, junto con toda la documentación requerida para el efecto.
En caso de no utilizar el servicio de sepelio, la Cooperativa abonará el monto establecido en el tarifario vigente, al familiar que presente las siguientes documentaciones:
Certificado de defunción
Declaración Jurada de haber utilizado el servicio funerario de otra empresa.
La Cooperativa otorgará en beneficio del socio fallecido, cualquiera sea la causa del fallecimiento, exceptuando lo establecido en el numeral 3.2 de este anexo.
Observación:
Monto del beneficio o subsidio: según se establece en tarifario aprobado por Conad.
Beneficiario: Socios a partir de 60 años de edad.
Requisitos: Comprobante de pago por consulta oftalmológica a nombre del solicitante; el documento respaldatorio deberá estar otorgado por un profesional oftalmólogo.
Monto: Hasta Gs. 100.000
Plazo: dentro de los 90 días corridos a partir del día siguiente de la consulta médica.
Observación: podrá ser otorgado juntamente, el subsidio de consultas oftalmológicas y subsidio para lentes de receta, a socios mayores a partir de 60 años de edad.
Beneficiario: Socios a partir de 60 años de edad.
Requisitos: Comprobante de pago por la consulta a nombre del solicitante.
Monto: Hasta Gs. 150.000
Plazo: dentro de los 90 días corridos a partir del día siguiente de la consulta médica.
Observación: podrá ser otorgado de manera simultánea los subsidios de consulta médica y consulta oftalmológica presentando las documentaciones correspondientes por cada subsidio, siempre que el solicitante sea mayor de 60 años.