a. Ser socio de la Cooperativa
b. Ser persona legalmente capaz para firmar convenios y contratos.
c. Cedula de identidad vigente
d. Factura de servicios publico pudiendo ser ANDE O ESSAP
e. Firmar el contrato respectivo y suscribir el registro de firmas.
f. Realizar el depósito del monto mínimo inicial requerida según el tipo de producto de ahorro.
g. Cumplir las formalidades que determine la Ley respecto a la normativa para prevenir el lavado de dinero.
Son aquellas en las que su titular o su representante legal (para el caso de personas jurídicas), a cuya orden figure la cuenta, pueden efectuar depósitos y extracciones tantas veces quiera
Son aquellas en las que su titular o su representante legal, a cuya orden figure la cuenta, se obliga a cumplir fielmente lo establecido en el acuerdo respectivo del depósito.
Ofrece a los socios/as la posibilidad de ahorrar de acuerdo al monto que precise utilizar en un determinado tiempo. Este tipo de Ahorro esta direccionado para motivos especiales como ser: estudios, primarios, secundarios y/o universitarios, compra de casa, compra de vehículo, viajes, bodas, fiestas de 15 años, o alguna necesidad de mediano o largo plazo.